Bacardi: un mal trago
Campañas actuales

La Asociación Euskadi-Cuba se suma, con la campaña “Bacardi, un mal trago”, al boicot, iniciado el 13 de agosto de 1999 por Rock Around the Blockade en Gran Bretaña, contra la empresa Bacardi.

1.- Responsabilidad de Bacardi en el Bloqueo sufrido por Cuba.

 

Los abogados de Bacardi ayudaron a redactar la Ley Helms-Burton, que extiende el bloqueo de Estados Unidos a terceros países, quebrantando la Ley de Comercio Internacional. Tan decisivo fue el papel de Ignacio E. Sánchez (miembro del C.A.N.F – Fundación Nacional Cubanoamericana -), abogado de Bacardi, al establecer la Helms-Burton, que el senador William Dengue dijo que la ley debería ser rebautizada como Ley de Protección Helms-Bacardi.

La Ley Helms-Burton fue concebida para hacer aún más recio el bloqueo contra Cuba, el cual impide la venta de alimentos, medicinas y otros suministros esenciales, amenazando a otros países si comercian con Cuba. Se ha estimado que le ha costado a Cuba más de 40 mil millones de dólares en pérdidas de producción y comercio.

Cada año, el bloqueo es condenado por abrumadora mayoría en las Naciones Unidas.

Según un informe de la prestigiosa Asociación Americana para la Salud Mundial (AAWH), Cuba impidió una verdadera catástrofe humana al centrar el gobierno sus prioridades en el sistema de medicina preventiva para todos los ciudadanos. Es bueno señalar que, a pesar de los efectos del bloqueo, el año pasado Cuba recibió un premio de la Organización Mundial de la Salud OMS por satisfacer todos los objetivos propuestos para el año 2000- siendo el único país que lo ha hecho.

Al apoyar el bloqueo y financiar la Fundación Nacional Cubanoamericana, Bacardi comparte la responsabilidad del sufrimiento impuesto a Cuba en los últimos 40 años por aquellos que no aceptan el rumbo político escogido por ese pueblo. En este sentido, a comienzos de junio de 1999, los tribunales cubanos elevaron una demanda contra el gobierno norteamericano y sus representantes, por daños y perjuicios causados por la agresión de los último 40 años, basándose en declaraciones de testigos y los documentos secretos recientemente desvelados por el gobierno norteamericano. Los crímenes incluyen destrucción de barcos y aviones, guerras biológicas y apoyo a alzados, quema de fábricas y cultivos, asesinatos y la invasión de la Bahía de Cochinos por tropas mercenarias, en abril de 1961. Calculan que 3.400 personas han fallecido a causa de estas actividades.

Estas son el tipo de actos terroristas que Bacardi apoya:

2.- Violación de las normas internacionales sobre el derecho de la propiedad intelectual, las marcas y patentes.

 

No contentos con esto, a Bacardi ahora se le ocurre robarse la marca del Havana Club, y venderla en EEUU con ese mismo nombre.

Si bien el ron cubano era reconocido en el mundo como un producto superior, necesitaba de la experiencia de un socio extranjero para mercadear su producto internacionalmente. Surge así, en 1994, el convenio asociativo entre Pernod Ricard (con filiales en más de 90 países y con posiciones avanzadas en el comercio de whisky, coñac, vinos, aperitivos, licores, ginebra, sidra y refrescos como Orangina) y la compañía cubana Havana Rum and Liquors, S.A., cada una con el 50 % de la empresa Havana Club Holding, S.A. (HCH). De esta forma, los derechos de propiedad de la marca fueron comprados por la compañía francesa Pernod Ricard, a pesar de las epístolas amenazante de Bacardi.

Cuando Pernod Ricard entra con su socio cubano en el negocio global del ron, la competencia del mercado comienza a convertirse en un juego peligroso: cada botella de Havana Club vendida en el comercio internacional representa una botella menos a vender de Ron Bacardi.

De acuerdo con un artículo del Miami Herald (27 de marzo de 1995) “la industria de destilarías ha venido declinando por años. El tequila, el vodka y las bebidas saborizadas se están abaratando, mientras que las ventas de Bacardi en el mercado mundial cayeron de 22.900.000 cajas, en 1990, a 20.000.000 en 1993”. Y la curva siguió descendiendo...”

En 1996, Bacardi comenzó ilegalmente a mercadear su propio Havana Club y Pernod Ricard presentó una demanda.

El 21 de octubre de 1998, el Senado norteamericano, por presiones de los abogados de Bacardi, presentó una enmienda (la llamada Sección 211), añadida apresuradamente a la Ley de Presupuestos del año 1998. La sección 211 estipula arbitrariamente que ningún tribunal de los EE.UU puede reconocer o validar, en ninguna forma, cualquier reclamación relativa a marcas o nombres comerciales de propiedades confiscadas por el gobierno cubano. Bacardi reclama que el Havana Club usa propiedades de Bacardi que fueron nacionalizadas por Cuba en 1960.

Era de esperar que la mencionada “Sección 211” se aplicara de forma retroactiva y en detrimento de los principios elementales de la propiedad intelectual, de las marcas y patentes que se aceptan mundialmente, al tratarse de un producto cubano que fue registrado, desde 1974, en la Oficina de Patentes y Marcar de Estados Unidos (USPTO), según su nombre en inglés, pero lo que resulta realmente asombroso es que, en medio de la campaña publicitaria lanzada por Washington para demostrar que está “flexibilizando” sus posiciones respecto a Cuba, la justicia norteamericana reafirma en su sentencia que “el bloqueo está vigente” y que “su fin es lejano”, para no reconocer el argumento de los demandantes sobre un posible perjuicio comercial futuro: la intención de entrar en el mercado de los Estados Unidos, una vez que la ley lo permita, representa un “interés comercial previsto” que confirió a Habana Club capacidad para presentar su demanda.

En este sentido la juez Schelndlin no pudo preservar el proceso de la enraizada política anticubana de su Gobierno: “La posibilidad de los demandantes de entrar en el mercado estadounidense es muy remota en esta etapa como para conferirle la capacidad de actuar como parte demandante. Se reconoce que el bloqueo se diseñó con efecto temporal. Sin embargo, a pesar de la difundida crítica del bloqueo, éste se ha mantenido por un período de más de 35 años”.

Y antes de hacer público el fallo a favor de Bacardi, estas fueron sus últimas palabras: “No cabe duda de que los demandantes persiguen un objetivo capitalista loable: la competencia justa y el aumento máximo de sus ventas y quizás, incluso, la protección de los consumidores estadounidenses. Sin embargo, su incapacidad para hacerlo en estos momentos, no obedece a las acciones de los demandados, por justas o injustas que éstas sean, sino a la determinación ejecutiva y legislativa de que el bloqueo contra Cuba continúa siendo un componente de nuestra política exterior”.

El acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de la Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (Acuerdo sobre los ADPIC), Anexo 1 C del Acuerdo de Marrakech, por el que se establece la Organización Mundial de Comercio (concertado el 15 de abril de 1994 y en vigor desde el 1 de enero de 1995), constituye uno de los acuerdos multilaterales comerciales para los miembros de esta organización, a la que pertenecen tanto Cuba como los Estados Unidos.

Con la aplicación de la “Sección 211” de la Ley del Presupuesto y su repercusión en el fallo del Tribunal, han quedado quebrantadas las obligaciones que los Estados Unidos debió asumir a partir del 1 de enero de 1996, como país miembro de la Organización Mundial de Comercio.

3.- Venta de un ron denominado cubano que no tiene ningún componente de Cuba.

En el otoño de 1995, Bacardi-Martini, consciente de que el bloqueo a Cuba impide que este país comercialice la marca Havana Club en Estados Unidos, comienza a distribuir un “nuevo” ron en este país. Su etiqueta de presentación, una vistosa fotografía del Malecón habanero, lleva el nombre de Havana Club, mientras que su campaña publicitaria usa el siguiente eslogan: “Descubra el sabor de La Habana Vieja”. Para empezar, salen 16 cajas de prueba. En 1996 la cifra se eleva a 906.

La propaganda de Bacardi pinta falsamente a la Cuba de los 40 y 50 como un lugar de encanto y refinamiento: “Antes de la Revolución, en Cuba existía un lugar recreativo donde todo se mezclaba para crear la atmósfera perfecta, donde reinaban la elegancia y el buen gusto.... La Habana era lugar de atracción para turistas y dignatarios de todo el mundo”.

Al tiempo que Bacardi amasaba valores por 67 millones de dólares (a los precios de los años 60), la extensa población rural cubana, en su mayoría –incluyendo los propios trabajadores azucareros de Bacardi- vivían en casuchas sin agua corriente o electricidad; un tercio eran desempleados o semiempleados, con un 43% de desempleo. Los socios de Bacardi en la odiada tiranía de Fulgencio Batista asesinaron a 20.000 cubanos, en sus esfuerzos por preservar su placentero estilo de vida.

Por otra parte, la Sección 211 establece que los tribunales de los Estados Unidos no pueden reconocer ningún derecho a ninguna marca o patente de ninguna empresa –extranjera, no estadounidense- que tenga conexión con propiedades que se alegue fueron pertenencia de algún norteamericano y haya sido nacionalizada por el Gobierno Revolucionario de Cuba. Así Bacardi afirma ser el dueño de la marca.

En cuanto al verdadero dueño de la marca, HCH pudo probar en el proceso que Havana Club nunca fue propiedad de la firma Bacardi, sino de José Arechabala, S.A., quien lo produjo en Cuba hasta 1960. A partir del triunfo de la Revolución, la mayoría de los accionistas de esa compañía emigraron a España, desatendiendo su registro de marca, tanto en España como en República Dominicana, incluso antes de ese momento.

En 1974, siguiendo el abandono de la marca Havana Club, la empresa cubana Cubaexport solicitó inscribirla y logró su registro en los Estados Unidos (Nº 103165). Los antiguos accionistas de la Compañía Arechabala no pudieron oponerse por haber prescrito el derecho a establecer ninguna reclamación sobre el registro del Havana Club en la USPTO.

Fue solamente después de la formación de la asociación de empresa Joint-Venture, en 1993, que los antiguos dueños, instigados por Bacardi, se interesaron por una marca sobre la cual habían perdido el derecho, según las propias normas legales de los Estados Unidos.

BIOGRAFIA DE UN PROCESO

Según cuenta Fernando Campoamor en El hijo alegre de la caña de azúcar (Biografía del ron cubano):

1828.“Posterior a la constitución de la ciudad de Cárdenas se abrieron allí importantes almacenes de mieles, se inauguró el ferrocarril (1851), la primera refinería de azúcar del país (1871), y el alambique y destilería que son matrices del ron Havana Club (1878), casa fundada por el vasco José Arechabala”.

1862.“El indolente inglés John Nunes, sujeto a la rutina de un mínimo alambique, aunque con calidad, vendió su negocio al catalán Facundo Bacardi...”

En 1959 triunfó la Revolución Cubana. Posteriormente y debido a una política de hostigamiento por parte de los Estados Unidos, el Gobierno de Cuba nacionalizó empresas tanto cubanas como extranjeras, de acuerdo con las leyes internacionales. De esta forma llegó a acuerdos con países como Canadá, Francia, España, etc. No así con Estados Unidos, que no quiso sentarse a negociar las compensaciones que les correspondían por la expropiación de sus empresas, ni con propietarios cubanos que se exiliaron y tampoco alcanzaron a negociar las condiciones en las que podían evaluarse sus pérdidas.

1959. La firma Bacardi se estableció fuera de Cuba, despojando su publicidad comercial de todo vínculo con su origen cubano, de sus raíces.

Posterior al proceso de nacionalización, la firma Arechabala nunca realizó ninguna actividad de tipo comercial con la marca Havana Club.

1974.La empresa cubana Cubaexport registra la marca Havana Club en los Estados Unidos sin que mediara oposición legal al respecto.

1993.La Compañía Bacardi envía cartas amenazadoras a Pernod Ricard, con el objetivo de que renuncie a su proyecto de negociación con empresas estatales cubanas.

1994 Junio. Bacardi trata de registrar en los Estados Unidos las marcas Little Havana, Old Havana, Havana Select, Havana Clipper, Havana Classical y Havana Primo. (En junio de 1998, el Trade Mark Trial and Appeal Board, de la Oficina norteamericana de Marcas, rechazó el registro de las últimas cinco marcas antes presentadas).

1994 Julio. Galleon, S.A., filial de Bacardi en Bahamas, registra en los Estados Unidos la marca Havana Club, en detrimento de la registrada por Cubaexport en 1974.

1994.Pernod Ricard compra los derechos de propiedad de la marca Havana Club al formar la empresa mixta HCH.

1995 Septiembre. Galleon, S.A., trata de obtener en la Oficina norteamericana de Marcas la caducidad de la marca Havana Club de 1974.

1995-1996 . Bacardi participa activamente en la concepción y redacción de la Ley Helms-Burton.

1996. Bacardi comunica a las autoridades de los Estados Unidos falsas informaciones sobre intento de la Joint Venture franco-cubana de utilizar bienes que le pertenecieron antes de la nacionalización de 1960, y trata de incriminar a Pernod Ricard (socio francés) por concepto de tráfico prohibido por la Ley Helms-Burton.

1996 Julio. Aún cuando sus registros de marcas no han sido aceptados por la Oficina norteamericana de la Propiedad Industrial, y esta última no se ha pronunciado sobre la solicitud de caducidad, Bacardi introduce en el mercado de los Estados Unidos un ron con la marca Havana Club, producido en Bahamas, y con una publicidad (Discover the flavor of Old Havana) que agrava el riesgo de equivocación de los consumidores en cuanto al origen del producto.

1996-1997. Bacardi gestiona con los parlamentarios Helms, Burton y Torricelli la anulación de la autorización (en noviembre de 1995), relativa a la transferencia de propiedad de la marca Havana Club que hizo Cubaexport a favor de Havana Rum and Liquors, y de esta última a Havana Club Holding. Estas acciones terminaron por producir la revocación en la Oficina de Control de Activos del Departamento de Tesoro (OFAC) de la autorización dada el 13 de noviembre de 1995.

1997. Bacardi obtiene el apoyo de los congresistas Helms y Burton, quienes firman dos cartas a los señores Rubin (Departamento del Tesoro, 12/6/1997) y a Einsenstat (Departamento de Estado, 20/8/1997), de manera que la OFAC no autoriza una nueva licencia.

Bacardi se reúne con algunos miembros de la familia Arechabala, con el objetivo de adquirir los activos que decían tener de la antigua sociedad José Arechabala, S.A., que dejó de existir en 1960.

Finales 1997. Se disuelve la antigua sociedad José Arechabala, S.A. y se crea José Arechabala International Limited, en Baduz (Liechtenstein).

Entre 1993-1998. Bacardi ha desarrollado una campaña publicitaria para presentar su ron como un producto cubano.

1998 Julio. Lanzamiento en España de un cóctel a base de ron y de cola (bajo la denominación de Cuba Libre). Su comercial televisivo contiene imágenes de Santiago de Cuba en la década del 30, pero el producto promocionado no contiene ni una gota de ron cubano.

1998 Octubre. Se inserta, en condición de particular clandestinidad, una enmienda de último minuto en la Ley del Presupuesto. El congresista Connie Mack, con el apoyo de Bob Graham, ambos de la Florida, retoma la propuesta del abogado de Bacardi, Ignacio Sánchez (21/5/1998), para que Estados Unidos rechace la protección de las marcas registradas que fueron adquiridas por el Gobierno cubano en el proceso de nacionalización.

13 abril 1999. Fallo de la Corte de Nueva York a favor de Bacardi.

 

EL FALLO DE Y SUS CONSECUENCIAS

Al emitir su fallo ante la Corte de Nueva York, la juez Shira A. Schelndlin hizo énfasis en que “ha quedado bien establecido que el Congreso puede aprobar una ley, que efectivamente suprima derechos de los que las partes habrían gozado previamente con arreglo a obligaciones contraídas en virtud de tratados concertados por los Estados Unidos. Una ley del Congreso está en paridad plena con un tratado, y cuando un estatuto, que es posterior en tiempo, no esté en armonía con un tratado, el estatuto anula el tratado”.

Los daños no terminaron en el Tribunal. La última pérdida puede ser la de todos los norteamericanos que se benefician con la aplicación de las normas internacionales sobre la propiedad industrial. Las mismas que han sido burladas, groseramente, por el gobierno de los Estados Unidos.

Las recientes acciones, incluyendo el fallo en el juicio, no afectan sólo a Havana Club. Ellas ponen en peligro a todas las marcas de compañías estadounidenses registradas en Cuba y podrían caotizar todo el sistema internacional actualmente vigente, el cual implica a Europa y América Latina.

De acuerdo con esta manera de repartir justicia, Cuba bien podría crear una ley que anule el tratado que ampara a las 400 marcas estadounidenses registradas en la Isla.

Las acciones de Bacardi (amparadas por un Tribunal norteamericano) han puesto en peligro a más de 400 compañías estadounidenses que tienen registradas marcas en Cuba. Se suponía que la Convención Inter-Americana de Marcas garantizaba el reconocimiento recíproco de las marcas entre los dos países.

La propiedad intelectual en la forma de software, películas y registro de inscripción se ha convertido en los últimos años en eje principal de las exportaciones en los Estados Unidos, país que acaba de violar sus obligaciones de proteger la propiedad intelectual de otra nación.

Según la abogada Lynne Besresford, de la USPTO, “la nueva Ley muestra claramente el mensaje que los Estados Unidos quieren enviar al mundo (nosotros estamos ciertamente lejos de promocionar en la gente la protección de las propiedades internacionales)”

“La reacción a la enmienda de Bacardi –alertó Lynne- puede tomar varias formas: Cuba tiene derecho a interpretar la disposición como una abrogación de sus derechos bajo la Convención Inter-Americana de Marcas de 1931 de expedientar y mantener una marca en los Estados Unidos. En represalia puede argumentar que queda relevada de las obligaciones del Tratado de reconocer alrededor de 400 marcas norteamericanas registradas en Cuba, incluyendo Hilton, Coca-Cola y Palmolive....”

Al respecto, en fecha tan temprana como el 8 de enero de 1999, Ricardo Alarcón de Quesada, presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, advirtió que “marcas y patentes no existen sólo en un lado, y los derechos y atribuciones con respecto a estándares internacionales necesitan operar para todas las partes. En Cuba hay registradas marcas y patentes de compañías de los Estados Unidos. Sus dueños deben estar preocupados de que la imprudencia de un gobierno de lugar a acciones que no pueden quedar sin respuesta”.

Los temores del empresario norteamericano comienzan a conocerse e integran los sumarios de importantes medios de prensa. El pasado 16 de abril, el Wad Estrés Jornal se refirió en un artículo al “potencial diferendo que representa esta decisión para las relaciones Estados Unidos-Unión Europea”, al tiempo que admitía la preocupación de algunos sectores, ante la posibilidad de que Cuba tome represalias contra compañías con marcas registradas en la Isla.

No es causal que Leon Brittan, Comisario de Política Comercial de la Unión Europea, en su visita a Washington, tuviera entre sus objetivos el de discutir el tema con el Secretario del Tesoro Robert R. Rubin y la Secretaria de Estado Madeleine Albright. Desde inicios de año, Jacques Dondoux, Secretario de Estado de Comercio Exterior francés, había pedido la intervención de Brittan, para que Pernod Ricard no fuera perjudicado.

La promulgación de la “Sección 211” es, simplemente, el último episodio de la campaña de Bacardi, compañía que ha utilizado el sistema judicial de los Estados Unidos para obtener una ventaja competitiva sobre un rival comercial.

El fallo está basado en la Sección 211 de la Ley del Presupuesto aprobada por el Congreso de EE.UU, el 21 de octubre de 1998, calificada por HCH como una pieza legislativa para beneficio propio, cuyo único beneficiario es Bacardi. Por otra parte, Cuba denunció ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) esa ley que retira la protección legal a las marcas comerciales usadas por empresas nacionalizadas después del triunfo de la Revolución y la calificó como una extensión del bloqueo norteamericano.

La protesta de Cuba cuenta con el apoyo de la Unión Europea, la República Dominicana, Malasia, India, Venezuela, Honduras, Haití, Brasil, Indonesia y Egipto y no es una denuncia formal ante el Organo de Solución de Disputas de la OMC, pero constituye una clara opción. La Unión Europea, en una reunión del Consejo sobre aspectos comerciales de la propiedad intelectual, hizo constar que la ley norteamericana “infringe los derechos de las empresas o individuos que tienen derecho de propiedad en Cuba y los de las empresas extranjeras que tienen relaciones con ellos”.

(Este es un análisis realizado por el área de Sensibilización de Euskadi-Cuba (Una organización de Amistad y Cooperación entre Euskadi y Cuba)

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